30/1/12

Anónimo: miembro de un jurado (España)

Yo fui jurado popular y no querría que me juzgara un tribunal de ciudadanos

Jurado anónimo

Extractos:

Un valenciano que ha sido miembro de un jurado en otro caso mediático revela los entresijos de la institución que absolvió a Camps.

Carlos no se llama Carlos ni tampoco podría estar contando lo que relata porque la ley se lo prohíbe. Pero él sabe que su testimonio, en medio del debate sobre el jurado popular que ha absuelto a Francisco Camps y Ricardo Costa de un delito de cohecho impropio, arroja luz sobre esta polémica institución jurídica formada por ciudadanos de a pie.

Carlos es valenciano y fue elegido miembro de un jurado que impartió justicia ante un delito cometido hace unos años en la Comunitat Valenciana con bastante eco mediático. La protección de su identidad impide dar más detalles. Pero sí que permite ofrecer las interioridades de un jurado popular y la conclusión tan rotunda que Carlos sacó: «Yo fui jurado popular y no querría que me juzgara un tribunal así. Es más: a mí me parece una forma errónea, y no entiendo por qué la justicia opta por un jurado popular cuando hay jueces». Visto lo visto, asegura: «Creo más en la justicia impartida por jueces profesionales que en la justicia de los jurados populares».

Su experiencia comenzó de una forma sorprendente: «Me acuerdo de que antes de empezar el juicio, nada más sentarnos, uno de los miembros del jurado se dirigió al resto de miembros y dijo: “Este tío es culpable, ¿no?”. ¡Sin haber empezado el juicio todavía!», exclama. Parece el comentario de una barra de bar, pero no el que se espera de una persona que va a impartir justicia.

Carlos replica de inmediato: «Pero es que el tema está ahí: que un jurado popular está conformado por gente que va a la barra del bar. En nuestro jurado había miembros de toda clase: amas de casa, una limpiadora, un mecánico, un estudiante… Se junta gente de toda condición, y parte de esa gente es de nivel cultural medio-bajo, que no tiene una educación superior, sino que la tiene básica o ni siquiera eso. A esa gente, cuestiones complejas como leyes, peritos o pruebas documentales las pilla muy lejos». Otra frase que recuerda de aquellos días de juicio: «Creo que era una limpiadora la que dijo: “Yo de leyes no sé nada”. La gente corriente no estamos preparados para juzgar; no le puedes pedir peras al olmo», dice.

Otro aspecto sustenta su argumentación. «En nuestro juicio —explica— los abogados y los fiscales interpelaron mucho al jurado con argumentos poco jurídicos. Por ejemplo, que bajo nuestra responsabilidad estaba que el acusado estuviera en la calle en más o menos años. Eso es algo muy rastrero y yo lo considero intolerable. Un juez está preparado para hacer caso omiso a ese tipo de cosas, pero un jurado popular es más influenciable», advierte Carlos.

Así es la deliberación


Después de cinco días de vista oral, el juicio quedó visto para sentencia. ¿Qué ocurre en ese momento? ¿Cómo ha podido ser el encierro de los miembros del jurado del caso de los trajes? «En nuestro caso no hubo hoteles —bromea Carlos. La verdad es que fue bastante rápido. Cada uno decía lo que le parecía. Si había preguntas, se planteaban en voz alta en la mesa y la gente decía lo que pensaba. Pero no hubo mucha discusión. El jurado no tuvo dudas sobre la culpabilidad del acusado, pero sí que hubo discusión sobre la gravedad del delito y en ese aspecto hubo votos dispares. En un par de horas llegamos al veredicto», señala.

Eso sí: «sin nada de tecnicismos» en los debates ni fijarse demasiado en la letra pequeña. «En cinco días consecutivos de juicio acumulas mucha información. ¡Pues imagínate en este juicio de los trajes, que ha durado más de veinte días! Son unas condiciones muy difíciles para gente que no está preparada».

En su caso, Carlos asegura por su experiencia que no hubo ningún líder del jurado que decantara la opinión de algún otro miembro, como algunos especulan que ha ocurrido en el juicio contra Camps y Costa. Sin embargo, no le extraña que esto ocurra. «En mi caso no fue así, pero es una consecuencia lógica del nivel cultural no demasiado elevado, que hace a la gente más influenciable. También es gente, por mi experiencia, que en casos mediáticos tiene una idea preconcebida antes de empezar el juicio de la que luego les es muy difícil abstraerse», concluye.

«Una responsabilidad enorme»


Años después de su experiencia, Carlos sigue preguntándose «¿para qué sirve la figura del jurado popular?». «He oído que es para acercar la justicia al pueblo, pero el beneficio de esa medida me parece bastante escaso comparado con lo que estamos hablando: la carrera de una persona o que acabe o no en la cárcel. Es que no estamos hablando de ninguna tontería, sino que está en tus manos una responsabilidad enorme. ¿Hasta qué punto la gente está preparada para ello y es consciente de esa responsabilidad?», se pregunta.


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Mercantil Valenciano On Line
Levante-EMV.com » Comunitat Valenciana
30 de enero de 2012

Dr. Juan José Salozábal (España)

Los problemas constitucionales del jurado
 
Dr. Juan José Salozábal
Abogado Constitucionalista español
 
Extractos:
 
Muchos no hemos superado los recelos frente al juicio por jurado que se entrevén en la Constitución, cuando se ocupa de la institución en el artículo 125, pues lo cierto es que la Norma Fundamental es sumamente parca, limitándose a prever una ley que, en determinados procesos penales, contemple la participación de los ciudadanos en la Administración de Justicia a través del jurado.
 
Así la Constitución no consagra un tipo concreto de jurado (el puro o el escabinado), no determina los casos cuyo conocimiento está reservado al jurado y ni siquiera establece una mandato de intervención al legislador, contemplando solo una habilitación, al modo en que opera la Constitución en otros casos. El legislador tardó en ejercer la facultad normativa contemplada, vuelvo a repetir no impuesta, en la Constitución hasta el año 1995 (LO/5/1995) en que se aprueba la Ley del Jurado. Parecen sensatos los recelos del constituyente y no pudo achacarse, a mi juicio, a negligencia culpable la tardanza del legislador.
 
Quizás la cobertura política e ideológica del jurado no se mantiene en la actualidad. El jurado, que contempla la intervención de los ciudadanos en la administración de la justicia penal admitiendo su veredicto sobre la culpabilidad y decidiendo sobre la validez de las pruebas, se imponía en un contexto, el del constitucionalismo liberal, en el que se temía la resistencia conservadora y corporativa de los jueces leales todavía al antiguo régimen. Asimismo la justificación del jurado pudo aceptase como una consecuencia del carácter democrático del Estado que había de llegar a determinar la intervención popular en la composición de todos sus poderes o ramas, también por tanto en el caso del poder judicial.
 
Estas reticencias hoy no tienen sentido: la administración de la justicia adquiere su carácter democrático fundamentalmente del derecho que aplica, que es el fijado por los representantes populares. Además en un estado de derecho la actividad jurisdiccional se lleva a cabo en condiciones de estricta independencia e imparcialidad.
 
Prescindiendo de deficiencias en las que puede incurrir la regulación del jurado actual, por ejemplo referentes a las facilidades de la exclusión de su conocimiento en los casos de concurso de delitos, o las limitaciones del recurso de apelación que no permite el replanteamiento de los hechos en la instancia superior, lo que más dudas sugiere es su idoneidad para juzgar supuestos de corrupción o cohecho, en los que es muy difícil garantizar un juicio imparcial, dada la presión ambiental y mediática para los miembros del jurado. La politización de la justicia parece un riesgo más amenazante en un juicio por jurado que en el caso de un tribunal integrado por magistrados profesionales.
 
 
Dr. Juan José Salozábal
Abogado Constitucionalista español
 
Publicación on line de diario laverdad.es
España
30 de enero de 2012

27/1/12

Santiago González (España)

Señores del jurado

Santiago González
Periodista de El Mundo
España

Extractos:

El diario El Mundo transcribe hoy el acta del jurado que declara no culpables a Camps y Costa por los delitos de cohecho impropio del que se les acusaba. Menudean las faltas de ortografía y sintaxis (a deliberado, hallan pagado, faborable) y así, comas mal puestas, tildes omitidas y otros detalles menores.

Un lector apunta la posibilidad de que yo no quiera hablar de la ortografía del jurado, y no sé por qué. ¿Quizá porque me convenga presentar a los miembros del jurado como si fueran los siete sabios de Grecia y otros dos, con el fin de cargar de legitimidad el veredicto que a mí me parece más razonable sobre el caso?

Pues no, vamos a ver. Siempre he considerado un disparate la institución del jurado para la Justicia en España. Sigo con alguna atención los juicios con jurado; seguí el que juzgó a Mikel Otegi por el doble asesinato de dos agentes de la Ertzaintza en Itsasondo. El jurado lo absolvió de un crimen que él había confesado voluntaria y espontáneamente, circunstancia que aprovechó para darse a la fuga. Cuando se anuló el juicio, ya había volado.

¿Recuerdan el asesinato de la joven Rocío Wanninkhof? El jurado no tuvo la menor duda de que Dolores Vázquez, ex novia de la madre de Rocío, tenía que ser la asesina. ¿No era lesbiana, no es lo mismo?

Dicho esto, el veredicto del jurado es perfectamente legítimo, a pesar de las faltas de ortografía. Éstas ayudan a entender por qué el informe PISA coloca a nuestro sistema educativo en el lugar que le corresponde en el concierto internacional. Con los mismos mimbres se hacen todos los cestos.

El actual rector de la UPV, Iñaki Goirizelaia, pidió el voto a la comunidad universitaria con un texto manuscrito en bilingüe, que era una simpleza conceptual escrita con algunas audacias estéticas, como circulitos a guisa de puntos para rematar las íes latinas y ortográficas, como escribir mayúsculas en lugar de las comas. Lean ustedes cualquiera de los autos del juez Garzón y comprenderán que a tal sintaxis en la instrucción, tal ortografía en el veredicto, todo hace juego. Es lo que hay.

Ah, y yo también prefiero un tribunal, como todos los que trajeron el jurado, para que la justicia fuera más del pueblo y que ahora consideran que habría convenido más un juez profesional en este caso.

Enlace: Versión On Line

Santiago González
Periodista español

Blog del autor
27 de enero de 2012

Alejandro Alonso (España)

Jurados inexpertos
 
Extractos:
 
Llevamos varios casos de resoluciones de juicios que nadie diría que sea posible, habiéndose presentado pruebas evidentes que inculpan a los acusados.
 
Y esto ocurre porque el veredicto lo da un conjunto de nueve personas que forman el jurado popular, que no tienen ni idea sobre legislación, dado que puede ser jurado cualquier persona física que haya pasado unas pruebas psicotécnicas y, por tanto, no importa si es peón, empresario o pertenece a otro rango.
 
Por eso, su resolución la basarán únicamente en su criterio ideológico y quizá algunos en la experiencia que hayan tenido durante el transcurso de sus vidas y su educación en concreto.
 
Es por eso que iría siendo hora de que el veredicto lo diera gente experta en la legislación vigente, para que no puedan escapar los acusados del peso de la justicia.
 
 
elPeriódico.com
27 de enero de 2012

Dr. Adolfo Rocha Campos (Argentina)

Falsa sensación de participación popular

Dr. Adolfo Rocha Campos

Extractos:

La implantación del juicio por jurados es una medida demagógica, absolutamente inútil y de aplicación residual como en los Estados Unidos. Son bastante irrepresentativos y revelan una naturaleza prejuiciosa en los requisitos para designar sus miembros.

Uno de los espejos en los que se suele mirar para esta medida es los Estados Unidos. Sin embargo, en el país del norte el juicio por jurado es absolutamente residual ya que entre el 90 y el 95% de los juicios no se tramitan de esa manera porque se los hace por acuerdo entre el fiscal y el defensor para darle una pena al individuo. Aquí tenemos esto en el juicio abreviado o la probation, pero son arreglos que se hacen en delitos de poca monta, en cambio en los Estados Unidos se los hace con delitos de gran relevancia. Allí es residual y acá también lo será.

Creo que detrás de todo esto, existe un convencimiento de que el conocimiento del derecho es perjudicial para el instinto de justicia. Deduzco esto de los requisitos por los cuales se excluyen abogados, profesores de derecho, escribanos y todo lo que pudiera ser sospechado de conocedor de la materia.

Serán muy costosos y lentos. Además, se trata de una participación simbólica del pueblo ya que son 12 miembros sorteados de una lista que teóricamente se hace sobre una base de personas que reúnen las condiciones para ser jurado, por ejemplo, mayoría de edad, domicilio, trabajo y 'condiciones especiales' de las que nadie sabe cuáles son. Entonces, ¿qué representación tienen esas doce personas sobre la población en general? Ninguna. Yo puedo decir que los concejales locales, por ejemplo, son representativos porque los eligió la gente a través del voto, pero aquí hay un sorteo, esto es, algo simbólico.


No se compadece con las normas constitucionales, es producto de una decisión anónima. El veredicto se toma en una reunión secreta y es sin fundamento. Y por otra establece que deben ser incineradas todas las boletas en las que se haya votado a los fines de asegurar el anonimato. Por lo tanto, ¿es beneficioso que una resolución sea tomada en secreto, sin fundamento y con sentido anónimo?

Creo que atrás de todo esto existe un absurdo convencimiento del conocimiento del derecho es perjudicial para el instinto de justicia. Los abogados o la gente que conoce derecho tendrían entonces torcido el instinto de justicia porque conocen el derecho, en cambio, la gente del pueblo que no conoce, tiene a flor de piel el instinto natural para determinar justicia.


Es peligroso el criterio de selección o exclusión porque late ese prejuicio y hay muchas profesiones que están inhibidas para ser jurado, por ejemplo, las fuerzas armadas, la policía, el servicio penitenciario, los sacerdotes, los pastores evangélicos, las personas en relación de dependencia en la administración pública, los abogados, y esto está bien porque de alguna forma tendrían intereses en el foro, en ese o en otro juicio, pero también están exentos los escribanos ¿por qué?, si no tienen nada que ver con la justicia y es una profesión independiente. ¿Es que los escribanos, por saber derecho contaminarían el instinto popular? Pero no sólo eso, en una provincia de la Patagonia, hace más o menos dos años se sancionó una ley de juicio por jurado por la que estaban inhibidos los profesores de derecho.

La idea que mueve a la creación de los juicios por jurado es la de tener una voz popular en la justicia, cuando la administración de justicia es una cuestión técnica. Como si los diagnósticos del Hospital los diera también una voz popular. Como se ve, hay entonces un prejuicio.

Los juicios por jurado son una medida populista, simpática y políticamente correcta, pero absolutamente inútil. Detrás existe una postura demagógica que no le va a agregar nada a la Justicia, va a complicar las cosas pero le va a dar una falsa sensación de participación a la población. Por eso creo que se viene.

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Dr. Adolfo Rocha Campos
Profesor Honorario UNICEN (Facultad de Derecho)
Ex. Juez del Juzgado Civil y Comercial N°1 de Azul

Reportaje radial
"Un Cacho de mañana"
FM 98 POP

Diario El Popular - Olavarría
27 de enero de 2012

26/1/12

Raúl Martos (España)

Jurado popular: ¿justicia o tomadura de pelo?

Periodista Raúl Martos

Extractos:

Me arrepiento de no haber escrito sobre este tema antes porque ahora, tras la sentencia de no culpabilidad (que no significa inocente) del ex presidente de la Comunidad Valenciana, Francisco Camps, puede parecer más fácil o más visceral que racional realizar una crítica sobre el sistema de jurado popular. Pero no puedo dejar escapar la oportunidad que la Justicia me ha brindado. Me lo ha puesto ha huevo, con perdón.

El juicio en el que Camps ha ocupado el banquillo de los acusados es uno de los más claros ejemplos donde queda de manifiesto la negligente acción que supone este tipo de procesos. La causa contra el ex presidente valenciano se ha desarrollado en el Tribunal Superior de Justicia de Valencia, comunidad en la que Camps era presidente y contaba con grandes influencias y poder, y los miembros del jurado no eran otros que ciudadanos valencianos, electores de la misma comunidad en la que Camps había obtenido mayoría absoluta en los últimos comicios.

Nos encontramos con el problema de la independencia de los miembros del jurado, ciudadanos de a pié con sus propias ideologías, intereses y, lo que considero más importante, simpatías e animadversiones. Por pura estadística, si la mayoría de valencianos concedió su voto de confianza a Camps (o al Partido Popular) en las últimas elecciones, parece lógico pensar que la mayoría de los miembros del jurado era afín al ex mandatario regional. Con este simple razonamiento, resulta sensato pensar que, en un juicio donde era necesario obtener siete de los nueve votos del jurado para condenar al acusado, no había muchas posibilidades de que fuera declarado culpable.

Y si os habéis dado cuenta, ni siquiera he mencionado las distintas pruebas que tanto la acusación como la defensa han presentado. ¿De qué sirven? Si algún día me reclutaran como miembro de un jurado popular que debiera decidir sobre la culpabilidad o inocencia de mi jefe, no me importarían las pruebas, ni los testimonios de los testigos, lo declararía culpable, incluso antes de haber comenzado el juicio. Y si en vez de mi jefe, el acusado fuera mi mecenas, también lo tendría clarísimo, votaría por su inocencia.

Así de lamentable es la condición humana y, por lo tanto, tan sospechosa como recelosa. Además, aunque fuéramos imparciales y nos atuviéramos a las pruebas y testimonios, los seres humanos somos tan frágiles y manipulables que, tras escuchar los alegatos finales, podemos cambiar de parecer. En un estado de derecho, donde el órgano judicial imparta la justa justicia, no parece recomendable que la decisión final de una sentencia judicial esté causada por la mayor o menor oratoria que los abogados puedan tener. Ya están los políticos para manipular nuestra percepción de la realidad; dejemos que los jueces y magistrados se encarguen de interpretar las leyes.

Todo esto, sin contar con el dinero público que cuesta, simplemente, el alojamiento y la manutención de los miembros del jurado, que deben permanecer incomunicados en un hotel hasta que se dicte sentencia.

Entonces, ¿por qué se siguen desarrollando juicios con jurado popular? ¿No existen profesionales competentes, formados durante años en leyes y con una amplia experiencia que puedan emitir un veredicto tan justo como legítimo? Porque claro, si asentimos que los ciudadanos puedan participar en la Administración de Justicia, ¿por qué no intervienen también en Sanidad o en Seguridad?

Si me aparece un bulto raro en el pecho y acudo al hospital para que me lo diagnostiquen y, en vez de un doctor, que ha invertido diez años de su vida estudiando el cuerpo humano y las distintas enfermedades y además cuenta con reputada experiencia en su especialidad, seleccionan a nueve personas de la calle que, tras oír mis explicaciones sobre el bulto, deciden, con cinco votos a favor y cuatro en contra, que se trata de un simple quiste del que no hay que preocuparse y que no tiene apariencia de tumor… Perdonadme, pero eso no me convencería.

Lo primero, y casi lo único, que ten enseñan en las facultades de periodismo es que la objetividad no existe. Esta afirmación, tan categórica como irrefutable, no se queda anclada exclusivamente en el mundillo de la comunicación sino que se puede aplicar a cualquier aspecto de la vida, personal o profesional. Y un juicio con jurado, lejos de impartir justicia, como debería ser su cometido, se convierte en una causa popular, en la que, para demostrar la inocencia o culpabilidad de un presunto criminal, adquieren más importancia los sentimientos y las efusiones personales que las pruebas objetivas del proceso.

¿Un tribunal profesional habría absuelto a Camps? De momento, no se puede saber. Lo que sí se sabe es que algunas de las causas judiciales que tiene abiertas Jaume Matas, el ex presidente del Gobierno Balear también serán juzgadas por un tribunal popular. Más de lo mismo.

Enlace: Versión On Line

La Columna de Raúl Martos (Periodista)
26 de enero de 2012

Sam Kurtz (España)

La figura del jurado popular sobra

Sam Kurtz

Extractos:

Que nadie piense que escribo al calor de los acontecimientos de ayer. Bueno, un poco sí. Ya empezamos mal cuando para declarar la inocencia del acusado se necesitan cinco votos, y para declararlo culpable se necesitan siete. Pero quiero analizar la figura del jurado popular en general.

En España, los jurados populares se empezaron a introducir en 1996. Desde entonces, algunas sentencias han sido bastante llamativas:

-En 1997, fue absuelto el etarra Mikel Otegi del cargo del asesinato de dos ertzainas dos años antes. Tras ser puesto en libertad, huyó. En 2004, el Constitucional ordenó repetir el juicio, y Francia lo extraditó en 2009.

-En 2001, otro jurado popular declaró a Dolores Vázquez culpable del asesinato de Rocío Wanninkhof en 1999, en un juicio plagado de irregularidades y en un ambiente de linchamiento contra la acusada. En 2003, era asesinada otra chica, Sonia Carabantes. La policía detuvo como autor del crimen a un ciudadano de origen británico, Tony Alexander King. Además, comprobó que las muestras de ADN coincidían con las del caso Wanninkhof. Tras diecisiete meses en prisión, Dolores Vázquez fue puesta en libertad.

-En 2009, fue absuelto por un jurado popular Jacobo Piñeiro, quien había asesinado a puñaladas (57 en dos tandas) a una pareja homosexual en Vigo. El jurado entendía que actuó en defensa propia y por el miedo a ser violado o muerto. Sólo se le condenó por el incendio que provocó posteriormente para borrar las huellas. En 2010 se repetiría el juicio y, esta vez sí, un jurado popular le condenaría por el doble asesinato.

-En 2011, un jurado popular absuelve a Luis Corominas, yerno del propietario de la joyería Tous, acusado del asesinato en 2006 de un ladrón en casa de sus suegros.

Son algunos casos que levantaron revuelo en la sociedad. Algunos eran casos bastante mediáticos.

Me parece un error que existan jurados populares. Y quienes me conocen pueden atestiguar que pienso así desde hace muchos años. ¿No existen ya jueces para juzgar a la gente? ¿Debe juzgar a alguien gente que no tiene ni idea de Justicia, ni de los resortes legales?

Y por otro lado, ¿cómo se elige a un grupo de personas que no estén ya condicionadas? En el caso de Mikel Otegi, fue juzgado en el País Vasco, en una época en que ETA aún estaba fuerte. Dolores Vázquez fue juzgada en medio de un clima de histeria contra ella. Y Camps ha sido juzgado en Valencia, una ciudad donde se vota mayoritariamente al PP, y en una sala llena de miembros (algunos tan conocidos como Rita Barberá, Sonia Castedo o Alfonso Rus) de su partido. Y para redondear el esperpento, la zona en la que se encontraba el hotel donde se alojaba el jurado era frecuentada por esos mismos apoyos, ya que enfrente vivía el propio Camps.

Se dice que los jurados populares vienen bien porque así se aporta algo de sentido común (precisamente porque esas personas no tienen la mente contaminada con términos legales, que cada uno lo entienda si puede) y que todos, juez y jurado, no pueden equivocarse. Teniendo en cuenta que cinco personas votaron a favor de la inocencia de Camps y Costa y cuatro en contra, ¿quiere decir que en el jurado había cuatro personas equivocadas? Y a veces, no siempre la mayoría tiene razón. ¿Se equivocaban entonces los cinco que lo han absuelto? Y en el caso de Jacobo Piñeiro, por ejemplo, ¿estaba equivocado el primer jurado popular o el segundo?

En definitiva, creo que si la función de un juez es juzgar a las personas, la figura del jurado popular sobra. Igual que no hay gente que realice otros trabajos (excepto si necesita pluriemplearse por motivos económicos), la gente no debería ejercer como juez, excepto si ese es su trabajo.


Los jurados populares: ¿una forma justa de administrar justicia?
Sam Kurtz
España
26 de enero de 2012

20/1/12

Kevin Carter (España)

La pantomima del tribunal del jurado

El blog de Kevin Carter

Extractos:

Estoy de acuerdo en la absolución de las personas que hayan podido ser juzgadas mediante esta aberración jurídica.

El Jurado vendría a ser como si mañana el médico de cabecera le detecta un bulto a alguien, al día siguiente se lo observa el especialista, el cual genera un informe sobre la sintomatología, los indicios y las propiedades de la presunta enfermedad, y por último, el veredicto de si hay que operar o no se lo dejan a usted, que es muy posible que sepa de Medicina lo que yo de ingeniería aeroespacial; es decir, nada. Y seguirá usted sin saber de Medicina por mucho que en dos semanas le cuenten historias sobre expedientes, pruebas, informes y sintomatologías. Lo mismo que yo seguiré sabiendo de ingeniería espacial por mucho que en dos semanas me hablen de todo tipo de materiales, física, mecánica, elementos que participan en el vuelo, etcétera. A eso, por supuesto, habría que añadirle que, en casos con un importante telón de fondo político, su decisión es muy probable que quede a expensas de lo que le dicte su corazón, y no su cabeza.

Imagínese usted la pantomina: 30 personas escogidas al azar reciben un buen día una carta sobre la obligación que tienen para decidir sobre el veredicto de un caso del que, en principio, no tienen la menor idea (bueno, tal vez sí la tengan si el caso es mediático, lo cual significaría una posibilidad aún peor). De esas 30 personas, tanto la acusación como la defensa deberán hacer un filtro para escoger a 9 elegidos y, teóricamente, evitar cualquier parcialidad; esto es, se realiza una entrevista personal para cada potencial jurado en la que se le pregunta por distintos puntos de vista. En los casos de enjuiciamientos a políticos mediante este sistema, ¿es que hay alguien que crea que el defensor ―aunque le haya aconsejado un experto científico social― no va a escoger como candidatos a aquellos que él crea tendenciosamente que son susceptibles de tener una ideología parecida a su defendido? ¿Es que hay alguien que crea que el acusador no hará lo mismo pero al revés? ¿Qué debería hacer entonces hacer la Fiscalía, tirar una moneda al aire para ver a quién se escoge? Y lo más importante: ¿A qué clase de cretino se le puede ocurrir proponer esto como método objetivo de resolución de conflictos? Debe de ser que los juristas no leen novelas de ex-juristas basadas en casos reales sobre las pifias de los jurados y el mal y preocupante funcionamiento de estos en otros países (que además, para ser aún más cómico, nos cuestan a todos un dinero del erario público). ¿Dónde queda, pues, la especialización profesional si el que va a decidir sobre el asunto no es ni siquiera mero aficionado?

Si el Derecho supiera de Psicología, de la cual no tiene ni puñetera idea (para ser claros), entendería que una personalidad es un conjunto de mecanismos demasiado subjetivo como para tener que saber, entender, o meramente analizar, si una cuestión es justa materialmente o no (o entender, siquiera, cuándo una prueba puede considerarse determinante o no en el caso concreto, o cuál de ellas debe tener mayor o menor peso ). Empezamos mal si para querer descubrir lo objetivamente justo requerimos a personas que tal vez ni siquiera conozcan, por diversos motivos que no vienen al caso, la diferencia entre lo subjetivo y lo objetivo.

Si el Derecho supiera de Psicología, de la cual no tiene ni puñetera idea (para ser claros), entendería que las personas son personas, no máquinas, ni androides, ni autómatas programados, y que por ello son totalmente susceptibles de ser influenciados de muy diversas maneras. Sólo por el mero hecho de que las personas sean distintamente impresionables (dependiendo de lo subjetivo de su personalidad), ya debería dar el Derecho por inválida tal aberración jurídica.

Por favor, señores juristas de este país, dejen de leer tantos libros jurídicos y adquieran conocimientos multidisciplinares de diversas otras materias. Ya que ustedes no tienen tiempo para leer algo que no sea cuestión jurídica, vamos a ver que decía un experto en psicología de masas cuando sus padres, o abuelos, iban en pañales:

Hallaremos que demuestran tener sugestionabilidad y tan sólo una leve capacidad de raciocinio, mientras que se hallan abiertas a la influencia de los líderes de masas, estando guiadas mayormente por sentimientos inconscientes. En el transcurso de esta investigación tendremos ocasión de observar algunos ejemplos interesantes de los errores que pueden ser cometidos por personas no familiarizadas con la psicología de las masas.

Al igual que las masas, los jurados se impresionan muy fuertemente por consideraciones sentimentales y muy levemente por argumentos. “No pueden resistir la vista
―escribe un abogado― de una madre dándole el pecho a su hijo, o el de los huérfanos”. “Es suficiente que una mujer tenga una presencia agradable ―dice M. des Glajeux para ganarse la benevolencia del jurado”.

Carentes de misericordia por crímenes de los cuales parecería posible que ellos mismos podrían terminar siendo víctimas ―estos crímenes, por lo demás, son los más peligrosos para la sociedad―  los jurados, en contrapartida, son muy indulgentes en el caso de violaciones a la ley cuyo motivo es la pasión.

Los jurados, al igual que las masas, se dejan impresionar profundamente por el prestigio y el Presidente des Gajeux destaca muy adecuadamente que por más democráticos que sean los jurados en su composición, resultan ser muy aristocráticos en sus filias y sus fobias. “Nombre, cuna, gran fortuna, celebridad, la asistencia de un defensor ilustre, cualquier cosa de naturaleza distinguida o que otorgue brillo al acusado, lo pone en una posición extremadamente favorable”.

La principal preocupación de una buena defensa debería ser la de trabajar sobre los sentimientos del jurado y, como con todas las masas, argumentar lo menos posible, o bien emplear tan sólo modos rudimentarios de razonamiento.

El orador no necesita convertir a su opinión a todos los miembros del jurado sino solamente a los espíritus lideradores del mismo quienes determinarán la opinión general. Como en todas las masas, también en los jurados hay un reducido número de individuos que sirven de guía al resto. “He hallado por experiencia ―dice el abogado antes citado― que una o dos personas enérgicas bastan para arrastrar el resto del jurado con ellas”. Es a esos dos o tres que es necesario convencer por medio de hábiles sugestiones. Ante todo y por encima de todo es necesario agradarles.


Psicología de las masas. Libro III. Capítulo III.
Gustave Le Bon (1894).

Enlace: Versión On Line

Kevin Carter
Hasta hace poco periodista en un pequeño diario. Actualmente investigando la historia que puedes leer en PLANCTON. No creo en las ideologías, sólo en los criterios. No tengo amigos porque soy demasiado independiente. Debe ser que en la otra vida fui un gato. Pobre, pero honrado.

CALEIDOSCOPEANDO
El blog de Kevin Carter
20 de enero de 2012

10/1/12

Dr. José María Orgeira (Argentina)

El juicio por jurado: ¡cuidado!

Dr. José María Orgeira
Abogado y ex magistrado

Carta de Lectores

Señor Secretario de Redacción:

El juicio por jurados: ¡Cuidado! Cuando se introducen reformas hay que pensar en la posibilidad real de implementarlas bien, para que signifiquen un progreso, garanticen la seguridad jurídica y mejoren la administración de justicia.

¿Se han informado del costo de seleccionar y mantener reunidas a las personas que integrarán cada jurado (comida, alojamiento, etc.)?

¿Las dificultades edilicias (no serviría la mayoría de las salas donde se desarrollan actualmente los juicios orales)? ¿La protección de los jurados (hoy día ni siquiera gozan de ella los testigos de cargo)?

¿Tienen noticia de su funcionamiento en los Estados Unidos de Norteamérica, pese a que allí no hay problemas presupuestarios ni estructurales?

Enlace: Versión On Line

Dr. José María Orgeira
Profesor de Derecho Penal y Procesal Penal de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (1968 al 2003). Secretario Penal (1961/70). Fiscal del Crimen (1970/73). Juez en lo Criminal de Instrucción (1973/1977). Renunció a la magistratura para ejercer privadamente la abogacía. Miembro, Fundador y Ex-Presidente del Centro Argentino de Estudios en lo Penal Tributario (1992/1995).

Carta de Lectores
Diario La Nación

2/1/12

Dr. Francisco Javier Orduña (España)

Más fiable un juez profesional que el sistema del jurado

Dr. Francisco Javier Orduña
Magistrado en la sala de lo civil del Tribunal Supremo

Extractos:

Yo creo que tenemos muy poca experiencia con estos juicios con jurado. Es una institución ajena a nuestra cultura. Estamos muy poco preparados para ser jurados. Me parece más fiable desde el punto de vista del criterio de seguridad el juez profesional. Como ciudadano me daría más garantías a fecha de hoy un tribunal profesional.

La verdad es que estamos acostumbrados a las películas americanas sobre jurados. Todos vemos la importancia de los elementos psicológicos. Nos alejamos del derecho cuando entramos en todas esas cosas. El derecho es una cosa antipática desde el punto de vista televisivo porque consiste en el estudio de las normas y en la seriedad de las pruebas. Todo lo contrario del ámbito tan psicológico y tan sociológico con el que se forman los jurados. Por eso veo más fiable el tribunal profesional. Los jueces conocen el derecho y el jurado no.

Enlace: Versión On Line

Dr. Francisco Javier Orduña
Magistrado en la sala de lo Civil del Tribunal Supremo.
Catedrático valenciano

levante.emv.com
2 de enero de 2012

1/1/12

Manuel Orío (España)

Resultados al menos cuestionables

Manuel Orío

Extractos:

A Francisco Camps y a Ricardo Costas les ha declarado no culpables un jurado popular, una fórmula de jurisprudencia en mi opinión importada de ámbitos sajones cuya implantación es España genera por el momento enormes dudas ya por la escasa tradición de este sistema entre nosotros, ya por la propia personalidad del españolito de a pie a quien este tipo de responsabilidades le quedan grandes por falta de costumbre.

Suponer que el jurado se ha equivocado al dictaminar la inocencia de ambos procesados es, al fin y al cabo, dudar de la esencia de la Justicia misma aunque el método no convenza, pero sigo pensando que depositar esta responsabilidad sobre los hombros de un conjunto de personas que no entienden una palabra de jurisprudencia es una apuesta arriesgada que esta produciendo resultados al menos cuestionables.

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Manuel Orío
Periodista

Atlántico.net
27 de enero de 2012