30/9/03

Enrique Arrieta Silva (México)

El jurado popular en México

Dr. Enrique Arrieta Silva

Extractos:

En resumidas cuentas: ¿será recomendable o no el jurado popular a la altura de nuestros tiempos? Pienso que no. El jurado popular podrá ser todo lo democrático que se piense y que se quiera, en cuanto participan elementos del pueblo en la administración de justicia y en cuanto el enjuiciado es juzgado por sus pares o iguales, pero no es muy jurídico por la sencilla razón de que quienes integran el jurado no tienen conocimientos jurídicos para poder apreciar las pruebas y los argumentos sobre la culpabilidad o inocencia del sometido a juicio, pues para ello no basta el sentido común, que además como dicho está no es muy común, sino que hacen falta largos años de estudio y entrenamiento en escuela y facultades de Derecho, así como en el gabinete profesional y tribunales.

Al jurado popular bien se le puede decir lo que le dijo Eduardo Coke, Justicia Mayor del reino a Jacobo I, rey de Inglaterra, quien pretendía poder juzgar personalmente en cualquier causa, porque consideraba que la ley se basaba en la razón y él poseía tanta razón como los jueces: “Los casos que atañen a la vida, a la herencia, a los bienes o al bienestar de los súbditos de su Majestad... no pueden decidirse por la razón natural sino por la razón artificial y el juicio de la ley, la cual es un arte que requiere largo estudio y experiencia, antes que un individuo pueda llegar a conocerla a fondo”. (Felipe Tena Ramírez, Derecho Constitucional Mexicano, Editorial Porrúa, 1996, página 214).


Enrique Arrieta Silva
Ensayista y narrador.
Estudió derecho en la Universidad Juárez del Estado de Durango y obtuvo el doctorado en la UNAM. Director técnico y fundador de la Revista de la Facultad de Derecho y de la Revista del Supremo Tribunal de Justicia.

Publicación: El Siglo de Durango
30 de septiembre de 2003

24/9/03

Libertad Digital (España)

Jurados, jueces, prejuicios y juicios paralelos

Libertad Digital.es
 
Extractos:
 
Las pruebas de ADN y la confesión de Tony Alexander King han permitido corroborar lo que, desde el principio, ya advirtieron numerosos profesionales de la justicia y en su día denunciaron reputados columnistas: que en el proceso por el que se condenó a Dolores Vázquez por el asesinato de Rocío Wanninkhof se descuidó la más fundamental de las garantías procesales recogida expresamente en la Constitución; esto es, la presunción de inocencia.

Suele decirse que el juez profesional busca la justicia y que el jurado busca un culpable. En esta ocasión, los jurados y el fiscal no estuvieron a la altura de la grave responsabilidad que tenían entre manos. El fiscal se dedicó descalificar a la acusada por su “mal carácter” y por su condición de “gallega”; y, a falta de pruebas concluyentes, basó su interrogatorio en los pormenores de la relación sexual de Vázquez con la madre de la víctima, para “calentar” el ambiente.

Los miembros del jurado, además, ya estaban suficientemente “concienciados”. En primer lugar, por el mantenimiento en prisión provisional de la acusada, que probablemente les produjo la impresión de que los profesionales de la justicia ya habían emitido su veredicto. En segundo lugar, por cierta prensa visceral –unas veces, del corazón; otras, del hígado; y las más, de las gónadas– que ya juzgó y condenó a Dolores Vázquez varios meses antes del juicio aireando constantemente declaraciones de Alicia Hornos, la madre de Rocío Wanninkhof, quien llegó a hacer apología del linchamiento diciendo que, si liberaban a su ex compañera sentimental, la mataría a mordiscos o la apedrearía en compañía de otras madres. En tercer lugar, naturalmente, por la presión social. Y en último lugar, quizá, por sus propios prejuicios homófobos en contra de Dolores Vázquez, sabiamente explotados por el fiscal, el actor de este drama que mejor supo “adaptarse” a las características de un juicio con jurado.

Así lo creyó el TSJ de Andalucía y lo confirmó después el Tribunal Supremo, que había fijado como fecha para la repetición del juicio el próximo 14 de octubre antes de que se descubriera que fue King quien asesinó a Sonia Caravantes y a Rocío Wanninkhof. Quizá también pesaron en el ánimo del juez de la Audiencia Provincial de Málaga tanto la presión social como el arriesgarse a soportar críticas –del PSOE, que amenazó con no firmar el Pacto por la Justicia que acaba de abandonar si se removía una sola coma de la Ley del Jurado– por enmendar la “voluntad popular”.

Así, la experiencia de este caso, junto a la del asesino del ertzaina, pone en tela de juicio una vez más la institución del jurado. Salvo Jueces por la Democracia –la asociación a la que pertenecía Belloch, impulsor de la Ley del Jurado–, la mayoría de los jueces y de los juristas está en contra de una institución con nula tradición en nuestro país, donde los juicios paralelos y los linchamientos mediáticos son, por desgracia, moneda corriente.
 
Mejor sería olvidarse del “invento” del jurado y dejar a los profesionales del derecho ocuparse de dirimir la inocencia o la culpabilidad de los reos. En primer lugar, por su experiencia, y en segundo lugar, por el aprecio una profesión que tiene como lema el preferir que un delincuente ande suelto antes que un culpable pague por el crimen que no ha cometido.

Enlace: Versión On Line
 
Libertad Digital
España
24 de septiembre de 2003